Este término anglosajón se refiere a la investigación de cumplimiento de legalidad de las personas jurídicas, y hace referencia a la obligación que tienen por ley las empresas para establecer las políticas y protocolos adecuados y suficientes que garanticen que sus directivos, empleados y colaboradores habituales cumplan con el marco normativo aplicable (leyes, reglamentos, políticas internas, compromisos con clientes, proveedores o terceros e incluso los códigos éticos que la empresa se haya comprometido a respetar)
En la modificación de 2015 del Código Penal se establece que las personas jurídicas serán penalmente responsables:
- De los delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas cuando se han incumplido los deberes de supervisión, vigilancia y control de su actividad.
En el mismo artículo se indica que las personas jurídicas quedarán exentas de responsabilidad
si se cumplen las siguientes condiciones:
- El órgano de administración ha adoptado con eficacia, antes de la comisión del delito, modelos de organización y gestión que incluyen las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.
Por lo tanto, ya se establece que puedan quedar exentas de responsabilidad las empresas que tomen las medidas oportunas para evitar la comisión de delitos y adopten un Protocolo de Compliance.
Los propios jueces y fiscales lo tienen claro, si se ha hecho un esfuerzo pero no se ha podido evitar el delito, esta responsabilidad se minimiza.
“La empresa …puede tomar la decisión de realizar una investigación interna con sus propios medios humanos o bien encargar la investigación a un profesional externo, en este caso a un detective privado y aquí entra la aplicación de la Ley de Seguridad Privada 5/2014”
En Lynx Detectives colaboramos con el Oficial de Cumplimiento o el Legal Compliance (responsable interno) en el momento en el que se detectan indicios de irregularidades en cualquier ámbito de la compañía (adquisiciones, fusiones, contrataciones, despidos, sociedades y asociados, operaciones mercantiles, etc) antes de que puedan derivar en un delito atribuible a la persona jurídica.
Proteja su empresa ante los que quieren hacerle daño. Identifique el problema y actúe antes de que este daño sea irreparable.
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